Ley contra el blanqueo de dinero y la actividad terrorista

Euros de la Ciudad del VaticanoCiudad del Vaticano, 9 octubre 2013 (VIS).- El arzobispo Dominique Mamberti, Secretario para las Relaciones con los Estados, profundizando en el contenido de las nuevas normas en materia de transparencia, supervisión e información financiera, recuerda que una parte consistente de las mismas está dedicada a las acciones contra el reciclaje y la financiación del terrorismo, reforzándolas en el caso de sospecha de ambos delitos, y refiriéndose a “los sujetos, la actividad de evaluación de los riesgos, las prescripciones concernientes a la verificación adecuada de la contraparte y la disciplina de la transferencia internacional de los fondos” .

“Una atención particular – prosigue – se dedica a la comunicación de las actividades sospechosas que los sujetos obligados deben efectuar ante la Autoridad de Información Financiera (AIF). Si hay un motivo fundado para sospechar que se trate de una actividad fraudulenta, se transmitirá un informe detallado al promotor de justicia que puede, además, suspender la ejecución de las transacciones u operaciones sospechosas durante cinco días laborables”.

“El sistema de prescripción en la materia se completa con la vigilancia que establece la ley para los sujetos obligados mediante un articulado sistema de sanciones administrativas que puede aplicar la AIF o, en los casos más graves, el Presidente de la Gobernación”.

“Un ámbito relevante de la disciplina que introduce la ley se encuentra en el apartado ‘Vigilancia prudencial de los entes que desempeñan profesionalmente una actividad financiera’, es decir, que llevan a cabo, habitualmente, a nombre y por cuenta de terceras personas una actividad de forma económica organizada, encaminada a la producción o intercambio de bienes y servicios. La introducción de esta función responde a una recomendación específica de la división MONEYVAL del Consejo de Europa estableciendo la disciplina y concediendo un amplio poder de regulación”.

En relación a las actuaciones contra quienes amenazan la paz y seguridad internacional, el arzobispo explica que “con los sujetos registrados en una lista entran en vigor, automáticamente, la prohibición de erogación de bienes, recursos económicos y servicios financieros, disponiendo inmediatamente el bloqueo preventivo de sus cuentas, informando a los interesados. Asimismo, se pueden adoptar acciones cautelares contra los que todavía no están registrados, siempre que haya motivos fundados”.

Respecto a las disposiciones legales en cuanto a la circulación transfronteriza de dinero en efectivo, que entre o salga del Estado por importe igual o superior a 10.000 euros, y a las normas relativas a información y cooperación, el prelado subraya “el papel central atribuido a la AIF que colabora e intercambia con otras autoridades de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano, u otras análogas de otros países, en condiciones de reciprocidad y sobre la base de protocolos de entendimiento”.

Continuación …

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