20 diciembre 2010, 13:45

Asia Bibi : La imposición a la comunidad jurídica del indulto presidencial

Se deben dar cuenta quienes recurren a los tribunales pakistaníes para solucionar el caso de Asia Bibi, que estos ámbitos judiciales están en contra de que se ejerza la facultad de indultar por derecho constitucional, ya que los jueces no están dispuestos a aceptar que reciban protección quienes reos de muerte por la ley anti-blasfemia esperan ser ejecutados.

También, tienen que despertar a la realidad quienes pretenden anular la ley contra la blasfemia, porque a nivel parlamentario no existe una viabilidad fáctica para que ello pueda prosperar a nivel legislativo por el cómputo entre defensores y detractores.

Solamente han de fijarse en que el sábado, 18 de diciembre del 2010, el Tribunal Supremo del Colegio de Abogados de Pakistán (de las siglas en inglés, SCBA – Supreme Court Bar Association) resolvió que la comunidad jurídica no aceptará ningún indulto o enmienda de la ley.

Es por todo ello que lo hablado en anteriores ocasiones sigue teniendo la misma vigencia, es decir, que se debe centrar la lucha por salvar a Asia Bibi en solicitar la conmutación de la pena capital por el art. 45 de la constitución que otorga al presidente de la nación la capacidad de emitir su amnistía, mediante la suspensión o anulación de un veredicto de culpabilidad o condena.

Por tanto, todos los esfuerzos se deben centrar en apoyar que por decisión del ejecutivo pakistaní se imponga el perdón concedido por Asif Alí Zardari protegido constitucionalmente.

No hay otra salida a esta situación, porque como hemos dicho otras veces la justicia pretende matar a Asia Bibi desde el principio y la única opción viable es imponer a la comunidad jurídica la voluntad del presidente, ya que una jurisdicción menor como la del Tribunal Superior de Lahore no puede anular la soberanía de un acto ejercido desde la máxima autoridad del país.

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